IMSS emite la versión 3.6.9 del SUA

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) emitió la versión 3.6.9 del Sistema Único de Autodeterminación (SUA), la cual integra ajustes derivados de la reforma al artículo 29 de la Ley del Infonavit, así como otras modificaciones técnicas importantes para el cálculo correcto de las cuotas y aportaciones patronales.

Novedades del SUA 3.6.9

IMSS lanza la versión 3.6.9 del SUA con ajustes por la reforma al artículo 29 de la Ley del Infonavit. Conoce las novedades.

Entre los principales cambios, se incorporaron los ajustes necesarios para cumplir con el nuevo plazo de aplicación de la reforma al artículo 29 de la Ley del Infonavit, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de febrero de 2025.

También se reforzó la validación del registro del salario mínimo, la Unidad de Medida y Actualización (UMA) y el valor Infonavit (Unidad Mixta Infonavit) vigentes a la fecha. Asimismo, se actualizaron los factores de recargos aplicables desde julio de 1997 hasta septiembre de 2025.

La reforma al artículo 29, vigente desde el 22 de febrero de 2025, establece que los descuentos salariales por créditos de vivienda no se suspenden durante las ausencias o incapacidades del trabajador. Por ello, contar con la versión más reciente del SUA resulta necesario para garantizar el cálculo correcto de cuotas obrero-patronales, aportaciones y amortizaciones.

¿Quiénes deben actualizar?

Los empleadores que deben realizar la actualización son principalmente quienes no utilizaron la versión 3.6.7 para aplicar los descuentos conforme a la nueva disposición del Infonavit y que actualmente operan con la versión 3.6.8.

Antes de instalar la versión 3.6.9, es indispensable generar un respaldo completo de la información del sistema, con el fin de evitar la pérdida de datos y conservar la integridad de los registros históricos.

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Implicaciones de la reforma

La C.P.C. Norma Robles, especialista de Robles Ulloa, asesores y contadores en nómina y capital humano, recordó que la reforma establece que las amortizaciones deben calcularse considerando los días completos del bimestre, aun en casos de ausencias o incapacidades.

Sin embargo, si el ingreso del trabajador no alcanza para cubrir el monto total, el patrón no debe generar una deuda ni realizar pagos adicionales.

El Infonavit, mediante un criterio normativo publicado el 18 de marzo, precisó que los descuentos se aplican hasta donde alcance el ingreso del trabajador. Además, el empleador debe registrar los casos en el SUA, documentar la ausencia o incapacidad y realizar aclaraciones posteriores a través del portal empresarial del Instituto.

La especialista señaló que las empresas no están obligadas a cubrir con recursos propios las amortizaciones cuando los trabajadores no perciben salario por ausencias o incapacidades.

La actualización del SUA 3.6.9 representa un paso necesario para cumplir con las disposiciones recientes del Infonavit y asegurar la correcta administración de las obligaciones patronales. 

Mantener el sistema actualizado procura el cumplimiento normativo frente a las nuevas condiciones establecidas en la legislación vigente de seguridad social.

Con información de IDC Online

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